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Inicio>Catálogo de servicios y trámites>Registro de Trámites FiscalesseparadorAnexo 1-A>54. Aviso de Inicio de liquidación.
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Aviso de Inicio de liquidación


¿Quiénes lo presentan?
Personas morales que hayan iniciado el ejercicio de liquidación del proceso de liquidación o que cambien de residencia fiscal.
¿Dónde se presenta?
En cualquier ALSC. Preferentemente con cita,
¿Qué documentos se obtienen?

  •  Aviso de actualización o modificación de situación fiscal.
  •  Acuse de actualización al Registro Federal de Contribuyentes.
  •  Guía de obligaciones del inicio de liquidación.
  •  Cedula de Identificación Fiscal.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente a la fecha en que se presente la declaración del ejercicio que concluyó anticipadamente.
En caso de que el aviso de inicio de liquidación sea por cambio de residencia fiscal, a más tardar dentro de los quince días inmediatos anteriores a aquel en que suceda el cambio de residencia fiscal y con no más de dos meses de anticipación.
Requisitos:
  • Copia certificada del documento notarial de la disolución de la sociedad, donde conste el nombre del liquidador.
  • Original de la declaración anual por terminación anticipada del ejercicio, comprobante con número de folio tratándose de su presentación a través de  internet o banca electrónica o el original del acuse de recibo, cuando la presentación por medios electrónicos sea mediante ventanilla bancaria.
  • Original de cualquier identificación oficial con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal de la liquidación sin que sea necesariamente algunas de las señaladas en el apartado de Definiciones del este Catálogo.
  • Copia certificada del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal de la liquidación o carta poder en original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público. 
En caso de que el aviso de inicio de liquidación sea por cambio de residencia fiscal deberá también presentar lo siguiente:
  • Testimonio notarial del acta de asamblea en la que conste el cambio de residencia que contenga los datos de inscripción de la misma ante el Registro Público de la Propiedad. 
  • En su caso, original del .documento que acredite su Número de Identificación Fiscal del país en que resida,  debidamente certificado, legalizado o apostillado por autoridad competente, según corresponda.
Nota: En caso de que la documentación arriba señalada, se presente incompleta o no reúna los requisitos, se entregará al contribuyente un reporte de información pendiente y tendrá un plazo de diez días para integrarla correctamente.
Si el contribuyente no presenta la documentación en el plazo señalado, el aviso de que se trate, se tendrá como no presentado y deberá iniciarlo nuevamente.
Compromisos de servicio
Atención Personal:
Duración máxima: 40 min.
Espera máxima: 5 min.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos
Horario.
Pasos a seguir para realizar el trámite
PERSONAL:
  1. Reúna los documentos para realizar la actualización
  2. Acuda a cualquier ALSC
  3. Solicite le realicen su trámite
  4. Reciba acuse de actualización al RFC, guía de pbligaciones y Cedula Fiscal ,
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 9 del CFF, Art. 25 y 26 Reglamento del CFF. Regla II.2.4.1. RMF.
última modificación :
10/enero/2012, 14:01, información vigente.
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