Personas físicas que soliciten la devolución del IEPS cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente. Personas morales cuyos ingresos no excedan de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente por cada socio o asociado sin exceder de doscientas veces en salario mínimo. |
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo. |
Forma oficial ( |
En forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero. |
| Requisitos ( ( |
| Compromisos de servicio Atención Personal: Duración máxima: 30 min. por trámite. Espera máxima: 5 min. para contribuyentes con cita. Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs. |
| Pasos a seguir para realizar el trámite PERSONAL: 1. Reúna los documentos y registre una cita 2. Acuda al Módulo de Servicios Tributarios y solicite la recepción del trámite de su devolución 3. Reciba y conserve el formato 32 certificado 4. Reciba su devolución o la notificación de rechazo |
| Disposiciones jurídicas aplicables Art. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF. |
- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77 col. Guerrero, c.p. 06300, México D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728 -
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