¿Quiénes lo presentan? Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor. |
¿Dónde se presenta? Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo. |
¿Qué documentos se obtienen? Forma oficial ( 111kB)32 sellada como acuse de recibo. |
¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor. |
( 28kB)Requisitos |
Compromisos de servicio Atención Personal: Duración máxima: 30 min. por trámite. Espera máxima: 5 min. para contribuyentes con cita. Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos Horario: Lunes a viernes de 8:30 a 15:00 hrs. |
Pasos a seguir para realizar el trámite Personal |
Disposiciones jurídicas aplicables Art. 22 CFF Reglas I.2.5.2., II.2.3.1.,II.2.3.4. RMF. |