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Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales

¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
 En la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, Se atiende  preferentemente con cita.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial sellada como acuse de recibo y Constancia de Residencia para Efectos Fiscales.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se de el supuesto
Requisitos:
  • Forma oficial  (Desgarga PDF 1.74 mB) 36 “CONSTANCIA DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES (por quintuplicado).
  • En caso de solicitud de reexpedición de CONSTANCIA DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES  el mismo periodo o ejercicio, original del recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales con sello digital.
  • Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en  el apartado de Definiciones de este Catálogo.
  • En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público.
  • Tratándose de los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, para acreditar la paternidad y/o tutela, presentarán:
    • Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil
    • Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los cónyuges y/o padres para que uno de ellos actúe como representante del menor, o
    • En su caso, la resolución judicial o documento emitido por fedatario público (original) en el que conste la patria potestad o la tutela.
    • Original de la identificación oficial  del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en  el apartado de Definiciones de este Catálogo.  (original para cotejo)
  • En caso de que la persona que solicita la constancia hubiere estado obligado a presentar declaración anual del ejercicio inmediato anterior conforme al régimen establecido en la Ley del ISR para los residentes en México, se acompañará a la solicitud fotocopia de la declaración anual presentada o del acuse de recibo electrónico con sello digital, así como del recibo electrónico bancario de pago de contribuciones federales, en los casos en los que exista impuesto a su cargo.
  • En caso contrario, se acompañará fotocopia de la inscripción y de los avisos correspondientes que hayan presentado para efectos del RFC y, en su caso, fotocopia de la última declaración anual presentada conforme al régimen que establece dicha Ley para los residentes en México o del acuse de recibo a que se refiere el párrafo anterior.
  • En caso de personas físicas que presten servicios personales, original de la Constancia de Percepciones y Retenciones que corresponda (original para cotejo).
  • Tratandose de persona moral, fotocopia del acta constitutiva.
Nota: La constancia se puede expedir por tiempo indefinido o bien por periodos transcurridos, cuando el solicitante opte por señalar el plazo específico.
Compromisos de servicio
Atención Personal:
Duración máxima: 40 min.
Espera máxima: 5 min.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos
Horario.
Pasos a seguir para realizar el trámite
PERSONAL:

  1. Reúna los documentos
  2. Acuda A la ALSC correspondiente al dolmicilio fiscal
  3. Realice la solicitud y reciba el formato sellado
  4. Regrese a la ALSC para recibir su constancia
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 9 CFF., Art. 5 Ley de ISR, Regla II.2.1.4. RMF.
última modificación :
10/enero/2012, 11:23, información vigente.
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