¿Para qué sirve? |
¿Quiénes lo presentan?
Las unidades administrativas de: La Federación Las entidades federativas Los municipios, y Los organismos descentralizados Cuando cumplan por separado con sus obligaciones como retenedoras o contribuyentes y cuenten con autorización para ello.
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¿Dónde lo presento?
Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente. O previa cita iniciarlo y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente |
¿Qué documento obtengo?
Constancia de inscripción al RFC.
Guía de Obligaciones
Acuse de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes |
¿Cuándo lo presento?
A más tardar el 30 de junio de 2006, cuando se trate de unidades administrativas que al 4 de febrero de 2006, se hayan encontrado cumpliendo por separado con sus obligaciones como retenedoras o contribuyentes y no estén inscritas en el RFC
· En los demás casos, dentro del mes siguiente al día en que la unidad administrativa inicie por separado, el cumplimiento de sus obligaciones de retención y entero.
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¿En qué horario puedo presentarlo?
En las Las 24 horas del día los 365 días del año.
Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas, previa cita. Para solicitar cita, ingrese aquí. |
¿Cuáles son los requisitos?
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¿Cuál es el fundamento legal?
Artículos: CFF: 27; RCFF 14, 15, 16 y 18; RMF: 2.3.1.17. y Cuarto Transitoria de la DECIMA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 publicada en el DOF del 3 de febrero de 2006. |
¿Dónde obtengo más información?
Vía telefónica lada sin costo: 01 800 46 36 728 (01800 INFOSAT) Con un horario de lunes a sábado de 8:00 a 21:00 horas.
Para realizar una consulta utilice el Nuevo servicio de Orientación fiscal |
Requisitos que estuvieron vigentes con anterioridad:
Histórico 10/10/06
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