Firma Institucional
sat.gob.mx
Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)

Cambio de tasas del impuesto

Se modifica la tasa general de 15 a 16%.

De 10 a 11% en el caso de operaciones realizadas por residentes en la región fronteriza.

En el caso de operaciones realizadas en 2009 que se paguen en 2010 quedarán afectas a las nuevas tasas.

 
Se permite aplicar las tasas de 2009 en las operaciones que se hayan realizado en ese año, siempre que la entrega de los bienes o prestación de los servicios se haya efectuado en dicho año, y el cobro de se realice en los primeros 10 días naturales de 2010 posteriores a la entrada en vigor del Decreto de la Ley del Impuesto al Valor Agregado aplicable para 2010 (11 de enero de 2010). Esto no es aplicable a las personas que realicen operaciones con partes relacionadas.

Fundamento legal: Artículos 1, 2, Octavo Transitorio, fracción III de la LIVA y TERCERO de la 3ra. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2009.
 

Intereses por créditos otorgados a personas físicas del régimen de pequeños

El beneficio de exención por intereses de créditos otorgados no aplica a contribuyentes del régimen de pequeños.

Las personas físicas deberán proporcionar a la institución del sistema financiero, entre el 1 de enero y el 1 de julio de 2010, su RFC a efecto de que dichas instituciones verifiquen con el SAT que se encuentran inscritas y que no son no del régimen de pequeños contribuyentes. Es por esto que esta reforma entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2010.

Cuando no proporcionen su RFC, se presumirá que no están inscritas o que optaron por pagar IVA conforme al régimen de pequeños contribuyentes.

Fundamento legal: Artículos 15, fracción X y Octavo Transitorio de la LIVA.
 
última modificación :
06/enero/2010, 17:35, información vigente.
regresar subir

- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77 col. Guerrero, c.p. 06300, México D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728 - Comentarios sobre este Sitio de Internet   Comentarios y Sugerencias sobre éste sitio de Internet

 

La información públicada en este portal no crea derechos ni establece obligaciones distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes,

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA- ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2010 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD