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Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Facultad de las autoridades fiscales de no proporcionar marbetes y precintos a los contribuyentes que no cumplan ciertas obligaciones fiscales

Cuando el contribuyente no presente sus declaraciones por más de tres veces en un mismo ejercicio, o no se compruebe el uso de los marbetes o precintos entregados previamente, o se compruebe el uso incorrecto de los mismos, así como cuando no exista relación entre la solicitud respectiva y el volumen producido, envasado o comercializado, las autoridades fiscales podrán no proporcionar los marbetes o precintos.
 

Fundamento legal: Artículo 26 de la Ley del Impuesto al Especial sobre Producción y Servicios

Última actualización: 10/mayo/2006, 14:18, información vigente.
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