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Aspectos a considerar en la presentación de la Declaración Informativa de Clientes y Proveedores en febrero de 2005

 
DudaSolución
En la declaración informativa de clientes y proveedores ¿los importes se deben presentar considerando el IVA?

 

 

 

 

 
Se deberán reflejar las cantidades SIN incluir el IVA, tanto en el formato 42, como en la DIMM.

Ejemplo:

Importe$47,000
IVA$7,050
Total$54,050
Monto a reportar:$ 47,000
El monto límite de $50,000.00 ¿Es por operación efectuada?Este monto no es por operación, sino que se debe considerar el saldo acumulado del ejercicio por cada cliente o por cada proveedor.
Para determinar el límite de $50,000.00 y, por consiguiente, la obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores, ¿Se considerarán las cantidades con IVA o sin IVA?Se considerará el importe de la operación más el impuesto al valor agregado u otros impuestos.

Ejemplo:

Importe$47,000
IVA$7,050
Total$54,050

De acuerdo al ejemplo anterior, sí existiría obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores, aún cuando lo que se reportaría sería únicamente el importe sin IVA..
En la declaración informativa de clientes y proveedores ¿Se deberán considerar únicamente las operaciones pagadas o cobradas?Se considerará el total de operaciones efectuadas durante el ejercicio 2004, independientemente si se encuentran pagadas o cobradas.
Los contribuyentes que en 2004 no tuvieron operaciones o que teniéndolas, realizaron operaciones con clientes y proveedores por montos inferiores a $50,000.00 ¿Están obligados a presentar la declaración informativa?No estarán obligados a presentar dicha declaración.

 
En el supuesto de haber realizado operaciones con clientes y proveedores residentes en el extranjero ¿Cómo se deberán anotar los datos en el formato 42?

 

 

 
No se incluirá en los anexos 1 ó 2 el desglose de las operaciones con clientes y proveedores residentes en el extranjero, sólo se incluirá en la carátula el importe total de las operaciones, incluyendo impuestos aduanales, sin incluir el IVA.

Lo anterior, de conformidad con el instructivo de llenado del formato 42.

En la aplicación electrónica DIMM, sólo se anotarán los datos requeridos en el resumen del formulario 42 de dicha aplicación.
¿Cuándo presentarán la declaración informativa de clientes y proveedores los contribuyentes que dictaminan sus estados financieros?

 

 
Los contribuyentes que hagan dictaminar sus estados financieros del ejercicio fiscal de 2004, que de conformidad con los artículos 86, fracción VIII y 133, fracción VII, de la Ley del ISR, se encuentren obligados a presentar a más tardar el 15 de febrero de 2005 la información de las operaciones efectuadas en el año de 2004 con los proveedores y con los clientes, podrán presentarla de acuerdo con los siguientes plazos:

Sexto dígito numérico de la clave del RFC:Días adicionales para la presentación de la información:
1 y 216 y 17 de febrero de 2005
3 y 418 y 21 de febrero de 2005
5 y 622 y 23 de febrero de 2005
7 y 824 y 25 de febrero de 2005
9 y 028 de febrero de 2005

Se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar la información de los anexos, de “Operaciones con clientes” y “Operaciones con proveedores de bienes y servicios”, del Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED), cuando en dichos anexos únicamente se indique la fecha de la presentación de la declaración, ya sea la forma oficial 42 o los medios magnéticos antes mencionados.

 (Esta disposición se publicará en breve en el DOF mediante una regla de carácter general).
Los contribuyentes que no dictaminan sus estados financieros, y que se encuentren obligados a presentar a más tardar el 15 de febrero de 2005 la información de las operaciones efectuadas en el año de 2004 con los proveedores y con los clientes, ¿Tendrán también días adicionales para su presentación?

 

 
Sí, todos los contribuyentes que tengan obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores, a más tardar el 15 de febrero de 2005, tendrán la facilidad de presentarla de acuerdo a los siguientes plazos?

Sexto dígito numérico de la clave del RFC:Días adicionales para la presentación de la información:
1 y 216 y 17 de febrero de 2005
3 y 418 y 21 de febrero de 2005
5 y 622 y 23 de febrero de 2005
7 y 824 y 25 de febrero de 2005
9 y 028 de febrero de 2005
El formato 42 para presentar la declaración informativa de clientes y proveedores ¿Continúa vigente?Sí, se encuentra vigente y salió publicado en el Anexo 1, en el Diario Oficial de la Federación de 10 de mayo de 2004.
Las personas morales ¿Cómo deberán presentar la declaración informativa de clientes y proveedores?Deberán presentarla únicamente a través de la DIMM.
¿Cuál es el medio de presentación de la declaración informativa de clientes y proveedores?Las personas físicas presentarán la declaración informativa de clientes y proveedores en la forma oficial 42 “Declaración de operaciones con clientes y proveedores de bienes y servicios”, cuando presenten hasta 5 registros en cada uno de los anexos de dicha forma.

Cuando la información que los contribuyentes personas físicas deban presentar corresponda a más de 5 clientes, o bien, a más de 5 proveedores, dicha información se deberá presentar a través de la DIMM. Ejemplo

Tratándose de personas morales, deberán presentar, en todos los casos, la información a través de la DIMM.

Los contribuyentes que hagan dictaminar sus estados financieros, se considera que han cumplido con la obligación de presentar la información de los anexos, de “Operaciones con clientes” y “Operaciones con proveedores de bienes y servicios”, del Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED), cuando en dichos anexos únicamente se indique la fecha de la presentación de la declaración, ya sea la forma oficial 42 o en medios magnéticos.

(Esta disposición se publicará en breve en el Diario Oficial de la Federación.)
Las personas físicas que tributan en el régimen intermedio ¿Deberán presentar declaración informativa con clientes y proveedores?

 
Sí, deberán presentar dicha informativa siempre y cuando hubieren efectuado operaciones con clientes y proveedores por montos iguales o superiores a $50,000.00 en el año de calendario inmediato anterior, considerando para efecto de dicho límite el importe de la operación más el impuesto al valor agregado u otros impuestos.
Las personas físicas que prestan servicios personales independientes y que tributan en el régimen de las actividades empresariales y profesionales (honorarios) ¿Deberán presentar declaración informativa con clientes y proveedores?

 
Sí, deberán presentar dicha informativa siempre y cuando hubieren efectuado operaciones con clientes y proveedores por montos iguales o superiores a $50,000.00 en el año de calendario inmediato anterior, considerando para efecto de dicho límite el importe de la operación más el impuesto al valor agregado u otros impuestos.


 
última modificación :
28/agosto/2010, 16:01, información vigente.
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