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Notas aclaratorias generales

Las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio de 2009 que deban efectuarse a través del formato electrónico “Declaración Informativa Múltiple” (DIM) y sus anexos, se realizarán de la siguiente forma:
  • Vía Internet: En el caso de que hayan sido capturados hasta 1000 anexos (registros), el archivo con la información se presentará vía Internet, a través de este portal en la dirección electrónica www.sat.gob.mx seleccionando la opción Presentación de la Declaración Informativa Múltiple. El SAT enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho Órgano.

  • Medios magnéticos: En el caso de que por la totalidad de los anexos hayan sido capturados más de 1000 registros, deberán presentar la información ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), mediante dispositivos magnéticos: Disco flexible de 3.5” de doble cara y alta densidad, Disco Compacto (CD) o Cinta de Almacenamiento de Datos (DAT), los cuales serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.
Dichos medios deberán llevar adheridas etiquetas que contengan al menos los siguientes datos: RFC del contribuyente; nombre, denominación o razón social; declaraciones que incluye; número de discos que presenta; periodo que comprende la información y fecha de entrega.

Fundamento legal: Regla II.2.14.1., fracciones I, II, III y IV, de la 3ª Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2009; y Anexo 1, rubro C, numeral 6, inciso b) de la citada Resolución publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo del 2009.
 
Aspectos relevantes para trabajar DIM

Los contribuyentes que utilicen el DIM deben:
  1. Obtener el programa DIM 2010 del portal de Internet o solicitarlo en medios magnéticos en las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, e instalarlo en su equipo de cómputo.
  2. Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos que correspondan de acuerdo con las obligaciones fiscales a que estén sujetos.
  3. Generar el archivo.
  4. Enviar vía Internet o a través de medios magnéticos la información correspondiente.
Es importante resaltar que se podrán presentar en forma independiente cada uno de los anexos contenidos en el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple (DIM), según estén obligados, conforme a la fecha en que legalmente deben cumplir con dicha obligación, acompañando siempre al anexo que corresponda, la información relativa a los datos generales del declarante y el resumen global sólo del anexo que se presenta.
 
Por lo anterior, se enlistan a continuación las obligaciones más comunes a presentar en el programa DIM.
última modificación :
06/octubre/2011, 10:38, información vigente.
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