Preguntas y respuestas frecuentes
- ¿Quiénes son los obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.).
- Las personas morales comprendidas dentro del titulo III de la Ley del ISR, ¿deben de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.).?
- Los contribuyentes personas morales ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- Los contribuyentes personas físicas ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- ¿Mediante que formato se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
- ¿Qué es la carga Batch?
- ¿La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) permite la importación de la información con carga batch?
- ¿En dónde se puede consultar cómo realizar la carga batch de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- ¿Se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) si no se han tenido operaciones con terceros?
- ¿La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) solicita información de operaciones con proveedores y clientes?
- ¿Cuántos tipos de proveedores se pueden relacionar?
- ¿Cómo se determina el importe de los proveedores globales?
- La información de cada proveedor ¿se debe considerar con el IVA incluido?
- ¿Se informará de la totalidad de las operaciones con proveedores o habrá un mínimo que reportar?
- En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), ¿se deben incluir a los proveedores de tasa 0%?
- En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), ¿se debe informar el Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)”?
- En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), ¿qué información se deberá anotar en el renglón “IVA Retenido por el contribuyente”?
- Tratándose de personas morales, ¿los auxiliares se deben anexar a la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- En los casos de autofacturación, ¿la aplicación también permitirá asentar el RFC del contribuyente en el apartado de proveedor?
- ¿Qué tipos de operación se reportan en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- ¿Se puede capturar más de una vez a un proveedor cuando se ubica en más de un tipo de operación (prestación de servicios, arrendamiento de inmuebles, otros)?
- La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) ¿Permite la presentación de declaraciones complementarias?
- Por el ejercicio fiscal 2007, los contribuyentes personas físicas y morales ¿tendrán la obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores?
- ¿Se podrá imprimir la información capturada en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- ¿Cómo se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?
- El envío de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) ¿Puede efectuarse utilizando la CIEC?
- ¿Qué sanción procede por no presentar la DIOT?
- ¿Se podrá presentar información de operaciones efectuadas con proveedores en 2008 a través de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) 2007 Simplificada?
1. ¿Quiénes son los obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?Las personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.
Fundamento Legal: Artículo 32 primer párrafo y fracciones V y VIII de la LIVA, y la regla I.5.1.5. y I.5.1.6. de la RMF.
2. Las personas morales comprendidas dentro del titulo III de la Ley del ISR, ¿deben de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.).? Sí. Tratándose de la Federación, Entidades Federativas, Distrito Federal y sus organismos descentralizados y municipios, están obligados a presentar la DIOT.
Para el caso de las demás personas morales, únicamente estarán obligados a presentar la DIOT, cuando sean contribuyentes del IVA, esto es, cuando realicen los actos o actividades gravados por la Ley del IVA o tengan registrada la clave correspondiente de IVA.
Fundamento Legal: Artículo 32, primer párrafo y fracción VIII de la LIVA. Artículo 32-G del CFF y regla I.2.1.17. de la RMF.
3. Los contribuyentes personas morales ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)? Mensualmente a más tardar el último día del mes siguiente al que corresponda la información.
Fundamento Legal: Regla I.5.1.5.de la RMF.
4. Los contribuyentes personas físicas ¿cuándo deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)? Por el periodo de enero a junio de 2008, las personas físicas tendrán por cumplida esta obligación, siempre que estén obligadas a presentar, y presenten, la declaración de clientes y proveedores por el ejercicio de 2008.
Por el periodo de julio a diciembre de 2008, las personas físicas deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) acorde a lo siguiente:
| Información correspondiente al mes de: | Se presentará en el mes de: |
| Julio de 2008 | Agosto de 2008 |
| Agosto de 2008 | Septiembre de 2008 |
| Septiembre de 2008 | Octubre de 2008 |
| Octubre de 2008 | Noviembre de 2008 |
| Noviembre de 2008 | Diciembre de 2008 |
| Diciembre de 2008 | Enero de 2009 |
Fundamento Legal: Artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA y Regla I.5.1.6 de la RMF.
5. ¿Mediante que formato se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?Mediante el formato A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, contenido en el programa electrónico: Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), que se encuentra en la página de Internet del SAT.
Fundamento Legal: Regla II.5.1.8 de la RMF 2007.
6. ¿Qué es la carga Batch? La Carga Batch es la conversión de bases de datos de registros de las operaciones con proveedores realizadas por los contribuyentes en archivos de texto (.txt). Estos archivos cuentan con la estructura necesaria para su aplicación e importación al sistema de la Declaración Informativa de Operaciones con terceros, evitando la captura directa y en consecuencia, optimizando el tiempo invertido en su integración para la presentación en tiempo y forma al SAT.
Fundamento: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
7. ¿La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) permite la importación de la información con carga batch? Sí.
Fundamento: Funcionamiento del Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
8. ¿En dónde se puede consultar cómo realizar la carga batch de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)? Dentro de la página de Internet del SAT (Software y formas fiscales-Descarga de Software- Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) 2008 Completa Versión actualizada 2008). En éste portal se tiene publicado el Layout del archivo para carga batch, o bien, puede consultar la información que se encuentra incluida en el programa, dando clic en: Herramientas-Importar declaración-Layout del propio programa electrónico.
Fundamento: Layout, archivo para carga batch de la DIOT contenido en la página de Internet del SAT. Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
9. ¿Se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) si no se han tenido operaciones con terceros?Sí. En tanto tenga registrada la clave de IVA. En éste caso se seleccionará dentro del programa DIOT la opción: “La presenta sin operaciones”.
Fundamento Legal: Artículos 32 primer párrafo, fracción VIII de la LIVA., 32-G del CFF, reglas I.2.1.17. y I.5.1.5 de la RMF y Programa DIOT (2008) V. 1.0.1
10. ¿La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) solicita información de operaciones con proveedores y clientes?No, únicamente proveedores.
Fundamento Legal: Artículo 32, fracción VIII de la LIVA.
11. ¿Cuántos tipos de proveedores se pueden relacionar? Tres tipos de proveedores:
- Nacional
- Extranjero
- Global
Fundamento: Programa Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.).
12. ¿Cómo se determina el importe de los proveedores globales?Ejemplo: | Importe de pagos realizados en el mes | $ 1’000,000 |
| Por ciento máximo 10% | $ 100,000 |
| Cantidad límite a relacionar por proveedor global | $ 50,000 |
Operación| Proveedor | 1 $ | 2 $ | 3 $ | 4 $ | Total $ | Se relaciona globalmente |
| A | 15,000 | 15,000 | 15,000 | 5,000 | 50,000 | SÍ |
| B | 15,000 | 15,000 | 15,000 | 15,000 | 60,000 | NO |
| C | 1,000 | 1,000 | 1,000 | 2,000 | 5,000 | SI/NO |
| D | 15,000 | 15,000 | 15,000 | 1,000 | 46,000 | SÍ |
| E | 500,000 | 100,000 | 200,00 | 39,000 | 839,000 | NO |
En este ejemplo el proveedor C no se podría considerar dentro de los globales puesto que la suma de A, C y D excederían del 10% ($100,000.00) del total de pagos efectuados en el mes.
Sin embargo; podrá relacionarse el proveedor C, dejando de relacionar al proveedor A o D.
Fundamento Legal: Regla I.5.1.7. de la RMF.
13. La información de cada proveedor ¿se debe considerar con el IVA incluido?No. Los campos en los que el programa electrónico solicita el “valor de actos o actividades” deben considerarse sin incluir el IVA.
Fundamento Legal: Programa DIOT (2008) V. 1.0.
14. ¿Se informará de la totalidad de las operaciones con proveedores o habrá un mínimo que reportar?Sí. Se deberán de reportar la totalidad de las operaciones realizadas con todos los proveedores.
Como una facilidad, en lugar de capturar individualmente a cada proveedor, podrán relacionarse globalmente aquellos con los que se haya tenido operaciones hasta por un monto que no exceda del 10% del total de los pagos efectivamente realizados en el mes y sin que en ningún caso el monto pagado al proveedor sea superior a $50,000.
Fundamento Legal: Artículo 32, fracción VIII de la LIVA y Regla I.5.1.7. de la RMF.
15. En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), ¿se deben incluir a los proveedores de tasa 0%?Sí. Aun cuando la totalidad de sus operaciones sean a la tasa del 0% se deberán incluir en la DIOT.
Fundamento Legal: Artículo 32, fracción VIII de la LIVA.
16. En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), ¿se debe informar el Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)”?Aunque el llenado del citado campo no es obligatorio, se sugiere que en caso de contar con ésta información, sea capturada.
Fundamento Legal: Regla II.5.1.8. de la RMF.
17.- En la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.), ¿qué información se deberá anotar en el renglón “IVA Retenido por el contribuyente”?Se anotará el monto de IVA retenido por el contribuyente, es decir, el que retuvo el declarante.
Fundamento Legal: Artículos 1-A fracciones II incisos a), b) y c) y IV; 32 fracción VIII de la LIVA y Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
18. Tratándose de personas morales, ¿los auxiliares se deben anexar a la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?No, toda vez que el formato electrónico no requiere de los auxiliares como anexo a la DIOT.
Fundamento Legal: Art. 32 fracción VIII de la LIVA, Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
19. En los casos de autofacturación, ¿la aplicación también permitirá asentar el RFC del contribuyente en el apartado de proveedor?Sí.
Fundamento: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
20. ¿Qué tipos de operación se reportan en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?Tratándose de Proveedor Nacional, al igual que Proveedor Global:
- Prestación de servicios profesionales
- Arrendamiento de inmuebles
- Otros
Tratándose de Proveedor Extranjero:
- Prestación de servicios profesionales
- Otros
Fundamento Legal: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
21. ¿Se puede capturar más de una vez a un proveedor cuando se ubica en más de un tipo de operación (prestación de servicios, arrendamiento de inmuebles, otros)? Sí, debiendo elegir el tipo de operación que le corresponda. También el programa no permite capturar más de una vez un proveedor con un mismo tipo de operación.
Fundamento Legal: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
22. La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) ¿Permite la presentación de declaraciones complementarias?Sí, la aplicación permite presentar tanto declaraciones normales como complementarias, eligiendo la opción en el campo “Tipo de declaración”.
Fundamento Legal: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
23. Por el ejercicio fiscal 2008 ¿Se tendrá la obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores? No, cuando por todo el ejercicio 2008 presenten la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT), se tendrá por presentada en febrero de 2009, la declaración de clientes y proveedores para efectos de ISR por dicho año.
Las personas físicas que no están obligadas a presentar la declaración de clientes y proveedores, también tendrán por cumplida la obligación relativa a la presentación de la DIOT por el periodo de enero a junio de 2008.
Fundamento Legal: Artículo Segundo Transitorio de la Segunda Modificación a la RMF 2008 publicada en DOF el 31 de julio de 2008.
24.- ¿Se podrá imprimir la información capturada en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?Sí, desde la opción “herramientas, imprimir página actual” o bien, desde la barra de herramientas seleccione el icono “Generación de archivo.pdf” mismo que se generará y guardará en la unidad C: en la carpeta que la misma aplicación genera al ser instalada.
Fundamento: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
25. ¿Cómo se debe presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.)?A) Cuando se hagan capturas hasta de 500 registros (proveedores), se presentará por Internet.
B) Cuando se hagan capturas de más de 500 registros (proveedores), deberán presentar la información ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente, en disco compacto (CD) o en dispositivos “USB”, los que serán devueltos al contribuyente.
Fundamento Legal: Regla II.5.1.8., de la RMF.
26. El envío de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.) ¿Puede efectuarse utilizando la CIEC?Sí, se puede enviar con CIEC y también con Fiel.
Fundamento Legal: Programa DIOT (2008) V. 1.0.1.
27. ¿Qué sanción procede por no presentar la DIOT?Multa de de $7,918.00 a $15,835.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera de plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
Fundamento Legal: Artículos 81 y 82, fracciones XVI y XXVI del CFF.
28.- ¿Se podrá presentar información de operaciones efectuadas con proveedores en 2008 a través de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) 2007 Simplificada?No. Toda información de operaciones con proveedores correspondientes a periodo de 2008 se deberá de presentar mediante la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2008, V.1.0.1.).