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TASAS para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de enero de 2001


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

TASAS PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS APLICABLES A LA ENAJENACION DE GAS NATURAL PARA COMBUSTION AUTOMOTRIZ EN EL MES DE ENERO DE 2001

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2o.-C de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se dan a conocer las tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación de gas natural para combustión automotriz en el mes de enero de 2001, por sector y tasa:

Enero

Sector

Tasa de IEPS

Chihuahua
 

Juárez Importado

0.00%

Chihuahua Norte

0.00%

Chihuahua Sur

0.00%

Anáhuac

0.00%

Torreón

0.00%

Monterrey

0.00%

Monclova

0.00%

Reynosa

0.00%

Cd. Madero

0.00%

Guadalajara

0.00%

Salamanca

0.00%

Lázaro Cárdenas

0.00%

Centro

0.00%

Poza Rica

0.00%

Veracruz

0.00%

Cd. Mendoza

0.00%

Minatitlán

0.00%

Cárdenas

0.00%

Piedras Negras

0.00%

Zonas Urbanas
 

Cd. Juárez

0.00%

Guadalajara - El Salto

0.00%

Orizaba - Cd. Mendoza

0.00%

Monclova

0.00%

Veracruz

0.00%

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 28 de febrero de 2001.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.
última modificación :
28/agosto/2010, 16:01, información vigente.
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