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DECIMA Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000.


Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

DECIMA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2000.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción l, inciso g) del Código Fiscal de la Federación y 6o., fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Secretaría resuelve:

Primero. Se adiciona la regla 2.4.20 a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000 en vigor, para quedar de la siguiente manera:

"2.4.20. Para los efectos de los Artículos 32-B fracciones VI y VII y 32-E del Código, las instituciones de crédito y las casas de bolsa, durante el periodo comprendido del 1o. de marzo al 30 de junio de 2001, podrán no devolver al librador los cheques nominativos pagados o no emitir los estados de cuenta a que se refiere el segundo párrafo del artículo 29-C del citado Código, sin que dicha omisión se considere infracción en los términos de los artículos 84-A, fracciones VII y VIII y 84-G del Código."

Transitorios

Unico. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 26 de febrero de 2001.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.
última modificación :
17/noviembre/2003, 17:06, información vigente.
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