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Decreto por el que se derogan los artículos 10-A al 10-J del Reglamento de la Ley Aduanera


VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO


Artículo Único.- Se derogan los artículos 10-A, 10-B, 10-C, 10.-D, 10-E, 10-F, 10-G, 10-H, 10-I y 10-J del Reglamento de la Ley Aduanera.

TRANSITORIO


Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de octubre de 2003.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.
última modificación :
06/noviembre/2003, 16:48, información vigente.
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