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Asalariados, preparen con tiempo la documentación que necesitarán para presentar la Declaración Anual 2005

Si este año 2005 usted recibe ingresos por sueldos y salarios y no está obligado a presentar la Declaración Anual, puede optar por hacerlo siempre y cuando comunique por escrito a su patrón, a más tardar el 31 de diciembre de 2005, que opta por presentar la declaración anual por su cuenta.

En caso de no cumplir con el requisito de dar aviso al patrón, no procederá la devolución de impuestos que, en su caso, llegase a determinar en la declaración anual.

Descargue el aviso modelo de la carta a presentar: Descarga de archivo word Carta (19.5 kB).
última modificación :
09/octubre/2009, 12:30, información vigente.
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