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¿Cómo y dónde debe pagar si le resultó cantidad a cargo?

  • Si la presentó por Internet:

    En este caso debe hacer el pago mediante transferencia electrónica de fondos de su cuenta bancaria que haya designado para este efecto en el banco autorizado, después de haber enviado su declaración al SAT.

  • Si la presenta con formas fiscales impresas :

    En este caso si le resultó cantidad a cargo, debe hacer el pago en la ventanilla de los bancos autorizados en efectivo o mediante cheque personal, de caja o certificado.

    En el caso que pague con cheque debe anotar en el mismo lo siguiente:

    En el anverso: “Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación”.

    En el reverso: “Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con Registro Federal de Contribuyentes (clave del RFC del contribuyente). Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación”.

    Los pagos con cheque se consideran realizados en las siguientes fechas:

    • El mismo día, cuando se trate de un cheque presentado antes de las 13:30 horas.
    • El día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente después de las 13:30 horas.
    • El día hábil bancario siguiente, cuando el cheque se presente antes de las 13:30 horas en una institución de crédito distinta a aquella a cuyo cargo fue librado.
    • El segundo día hábil bancario siguiente, cuando el cheque respectivo se presente después de las 13:30 horas en una institución de crédito distinta a aquélla a cuyo cargo fue librado.
última modificación :
22/marzo/2006, 15:51, información vigente.
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