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Quienes se encuentran obligados a presentar la declaración anual 2009


Deben presentar declaración anual, las personas físicas que hayan obtenido ingresos por los siguientes conceptos, entre otros:

  • Por prestar servicios profesionales (honorarios)

  • Por rentar bienes inmuebles

  • Por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributen en el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

  • Por enajenar bienes

  • Por adquirir bienes

  • Por percibir salarios

  • Por intereses

  • Las que hayan percibido otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales, etc.

También se deben informar en  la declaración, en su caso,  los ingresos que se  hayan percibido en el año  por los conceptos y en los montos que se mencionan a continuación, aun cuando ya  se haya pagado el o los impuestos correspondientes.


  • Los ingresos por: préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000.00.

  • Los ingresos exentos del pago del impuesto sobre la renta por herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.


Última actualización: 11/diciembre/2009, 12:05, información vigente.
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