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Excepción para no presentar Declaración Anual


Los contribuyentes que hayan dejado de prestar servicios personales subordinados (por salarios) antes del 31 de diciembre del año de que se trate, podrán no presentar la declaración cuando la totalidad de sus percepciones provengan únicamente de ingresos obtenidos por prestar sus servicios en el país, no excedan de $400,000.00 y no deriven de la prestación de servicios a dos o más patrones en forma simultánea.
última modificación :
17/abril/2009, 18:21, información vigente.
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