Firma Institucional
sat.gob.mx
Inicio>Información y servicios>Declaración AnualseparadorPrepare con tiempo su Declaración Anual de 2008>Otros ingresos que deben declararse
 Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                    

Otros ingresos que deben declararse

Si en el año obtuvo ingresos por Préstamos, premios, donativos, herencias o legados y por enajenación de casa habitación por los conceptos y montos que se indican, debe incluirlos en su Declaración Anual.

Se deben informar los ingresos mencionados aun en el caso que ya se haya(n) pagado el(los) impuesto(s) correspondiente(s). Cuando no se tenga ninguna cantidad que declarar se deberá anotar 0 (cero) en cada cada concepto.

Las personas físicas podrán no informar en su declaración anual los intereses que se encuentren exentos del pago del impuesto conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, .
última modificación :
04/marzo/2009, 15:49, información vigente.
regresar subir

- Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77 col. Guerrero, c.p. 06300, México D.F.-Atención telefónica 01 800 46 36 728.
Desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728 - Comentarios sobre este Sitio de Internet   Comentarios y Sugerencias sobre éste sitio de Internet

 

La información publicada en este portal no crea derechos ni establece obligaciones distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes,

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA- ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2010 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD