SAT, Servicio de Administración Tributaria
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Accesos Rápidos
Deducciones personales

Puede considerar como deducciones personales los siguientes gastos, siempre y cuando los haya pagado en el 2008 y cuente con las facturas o recibos que reúnan todos los requisitos fiscales:

Cuando recupere parte de los gastos anteriores, únicamente podrá deducir la diferencia no recuperada.


Última actualización: 07/abril/2009, 10:23, información vigente.
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