SAT, Servicio de Administración Tributaria
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Accesos Rápidos
Revocación de certificados


Si ya realizó el trámite y desea revocar su certificado digital (archivo electrónico con extensión CER), lo invitamos a que utilice nuestro servicio de revocación por Internet. Para tener acceso es necesario contar con clave CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial) y los siguientes elementos:
  • Contraseña de revocación para su certificado digital.
  • Certificado digital.
Seleccione aquí si usted no cuenta con CIEC

Seleccione aquí si desea entrar al servicio de revocación de certificados

IMPORTANTE: Si desea revocar su certificado digital pero no recuerda la contraseña de revocación, deberá acudir personalmente a cualquiera de las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente o Módulos de Servicios Tributarios en donde se ofrece el servicio.

Para ello deberá presentar la siguiente documentación:
  • Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o representante legal, en su caso, donde se señale la causa por la cual se solicita la revocación del certificado. Este escrito se entrega por duplicado y deberá contener las formalidades señaladas en el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación.

  • Original o copia certificada de la identificación oficial del contribuyente o representante legal.

  • Original o copia certificada del poder especial otorgado para efectos de presentar la solicitud de revocación del certificado de que se trate, o poder general para actos de dominio o de administración con el que se acredite la personalidad del representante legal.

Fundamento legal: regla 2.22.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal


Última actualización: 13/mayo/2009, 12:22, información vigente.
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