SAT, Servicio de Administración Tributaria
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Accesos Rápidos
Procedimiento para el pago

Las personas morales obligadas a pagar derechos, productos o aprovechamientos, podrán efectuar el pago vía Internet, a través de los bancos autorizados para ello, utilizando la transferencia electrónica de fondos.

Procedimiento:
  1. Obtenga la clave de referencia, la cadena de la dependencia y el monto a pagar del catálogo de claves. Estos datos también los puede obtener por teléfono o acudiéndo directamente al Módulo de Asistencia más cercano.

  2. Ingrese a la dirección electrónica de los bancos autorizados para recibir el pago y capture los datos que le solicitan. Las instituciones de crédito le enviarán por la misma vía el recibo bancario de su pago, imprímalo, es el comprobante de que realizó el pago.

    Si va a pagar varios conceptos, realice una operación bancaria por cada uno, así contará con un recibo bancario por cada pago.

  3. Presente la impresión del pago efectuado ante la dependencia u organismo en la que vaya a realizar su trámite o solicitud cuando así lo requieran y conserve una copia.


Última actualización: 02/julio/2007, 12:54, información vigente.
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