Pago referenciado
Servicio de Declaraciones y PagosPara una mejor comprensión y estudio de la información que contiene esta sección, se presenta en tres apartados que son:
personas físicas,
personas morales e
información general.
Personas físicas

Aviso importante
Desde
noviembre de 2012, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a
250,000 pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre de 2012 y subsecuentes.
Desde
septiembre de 2012, las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a
un millón de pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto 2012 y subsecuentes.
Opcionalmente, todas las personas físicas que no se encuentren obligadas, pueden optar por presentar sus declaraciones con este servicio. Se entenderá que se ejerce la opción señalada a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada no podrán variarla durante el ejercicio fiscal.
Se le invita a verificar con su Contraseña
(antes CIEC) su acceso al servicio en Mi portal:
Pago referenciado. Si aún no cuenta con su
Contraseña obténgala lo más pronto posible.
(

1.66 mB)
Bitácora de información necesaria para elaborar las declaraciones mensuales y la Declaración Anual
Ver preguntas y respuestas, videos y másPersonas morales

Aviso
Desde el 2 de julio de 2012 las personas morales deben presentar declaraciones complementarias para corregir o modificar las declaraciones que hayan presentado en el esquema anterior de pagos electrónicos. Las aplicaciones de avisos en ceros y de corrección de datos dejan de operar para evitar duplicidades.
Desde febrero 2012, todas las personas morales deben utilizar el Servicio de Pago Referenciado para presentar sus declaraciones provisionales y definitivas de impuestos federales, por lo cual el esquema anterior de pagos electrónicos
dejará de funcionar en todos los Portales Bancarios el 1° de noviembre del 2012.
Ver videos, preguntas y respuestas y másInformación general
Para utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, debe instalar o actualizar:Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones: Provisionales y Definitivas.
En caso de resultar pago de impuestos, se efectuará en bancos, utilizando el servicio de pago referenciado, es decir, a través de una
línea de captura.
Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.
Con el Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet en la sección Mi portal / Pago referenciado, en la que de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura y posteriormente el contribuyente debe pagar en la institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.
Nota. El horario que se registra en el Acuse de Recibo de las declaraciones presentadas a través del Portal del SAT corresponde al horario del centro o de la Ciudad de México.
Para cualquier duda, ponemos a su disposición nuestros
canales de atención. Le sugerimos, antes de utilizar estos canales de atención, consulte la información que se encuentra en los links
Ver guías, videos, preguntas y respuestas, tips y más.