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Otros casos en los que se considera que existe establecimiento permanente en México

También se considera que existe establecimiento permanente en el país:
  •  Cuando un residente en el extranjero realice actividades empresariales en el país mediante fideicomiso.
  •  Cuando actúe en el país a través de una persona que ejerza poderes para celebrar contratos a su nombre o por su cuenta.
  •  Cuando una empresa aseguradora perciba ingresos por cobros de primas dentro del territorio nacional, u otorgue seguros contra riesgos situados en él.
  •  Cuando actúe a través de un agente independiente, si éste no actúa en el marco ordinario de su actividad.
  •  Cuando se realicen en México servicios de construcción, demolición, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles y otros relacionados, siempre que tengan una duración de más de 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de un año.
última modificación :
15/febrero/2010, 14:34, información vigente.
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