Requisitos de los recibos de arrendamiento
En este caso, el comprobante para efectos fiscales también puede funcionar a través de un talonario, el cual consta de dos partes de acuerdo con lo que señala el artículo 38 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación:
A)
La matriz, que contendrá los datos completos, y
B)
El talón, el cual deberá ser conservado por el arrendador.
Los requisitos que debe contener un recibo de arrendamiento de acuerdo a lo establecido en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación son:I. El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.
II. Contener impreso el número de folio.
III. Lugar y fecha de expedición.
IV. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
V. Descripción del uso o goce del bien inmueble.
VI. Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, desglosado por tasa de impuesto, en su caso.
VII. Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.
VIII. Vigencia del comprobante.
Requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales:IX. Firma del arrendador y el número de cuenta predial del inmueble de que se trate, o en su caso los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable (artículo 189 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.)
X. La leyenda “
Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado” (Artículo 32 de la Ley del IVA.)
XI. Se debe señalar en forma expresa si el pago se hace en una exhibición.
Requisitos establecidos en el artículo 39 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación y la Regla I.2.10.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal: A) La cédula de identificación fiscal reproducida en 2.75 cm. por 5 cm. con una resolución de 133 líneas/ 1200 dpi. En el caso de personas físicas puede o no contener la CURP; sobre la impresión de la cédula, no podrá efectuarse anotación alguna que impida su lectura.
B) La leyenda: "
La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales", con letra no menor de 3 puntos.
C) El Registro Federal de Contribuyentes y nombre del impresor, así como la fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, con letra no menor de 3 puntos.
D) El número de aprobación asignado por el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales.