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Inicio>Información para principiantes>PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOSseparadorQué avisos d cambio de situación se deben presentar y cuáles son los requisitos
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Cómo deben mantener actualizada su situación fiscal ante el RFC

Si ocurre algún cambio en su situación fiscal deben presentar avisos ante el SAT, como pueden ser, entre otros, los siguientes:
  1. Reanudación de actividades
  2. Aumento de obligaciones fiscales
  3. Disminución de obligaciones fiscales
  4. Apertura de establecimiento
  5. Cierre de establecimiento
  6. Cambio de domicilio fiscal 
  7. Cambio de denominación

 
Los avisos del 1 al 6 se pueden presentar por Internet en el portal del SAT en la sección Mi portal con su clave CIEC actualizada o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente sin que, en este caso, sea necesario presentar documento alguno, excepto en el aviso de Cambio de domicilio en el cual tiene que enviar su documentación comprobatoria vía internet. También los puede presentar en cualquier Módulo de Servicios Tributarios  incluidos  los avisos  6 y 7, anexando los documentos que se indican en el Catálogo de Servicios y Trámites
última modificación :
29/abril/2011, 12:43, información vigente.
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