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Facilidades administrativas

  1. Dictamen fiscal

    No están obligadas a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado.

  2. Facilidad para la deducción de gastos menores

    Podrán considerar como deducibles los gastos menores que no excedan de $3,001.00 (tres mil un pesos 00/100 m.n.), aun cuando no cuenten con comprobantes, siempre que estas erogaciones estén relacionadas con la actividad religiosa y registren su monto y concepto en el cuaderno de ingresos y aplicaciones.
última modificación :
31/marzo/2010, 10:56, información vigente.
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