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FACTOR aplicable para el cálculo del acreditamiento por la adquisición de diesel en estaciones de servicio correspondiente al mes de noviembre 2002



"Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria ; 4o. fracción XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; 17, fracción X de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002 y en la regla 11.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002, el factor aplicable a las adquisiciones de diesel en estaciones de servicio realizadas en el mes de noviembre de 2002, será de 0.0779."

última modificación :
28/agosto/2010, 16:01, información vigente.
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