| Información a presentar | Personas obligadas | Fundamento legal |
| De la recaudación de IEPS por la venta final de Gasolinas y diesel correspondiente al semestre agosto 2008 enero de 2009 | Entidades federativas por la recaudación de IEPS por la venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas y diesel. Esta información se presenta a través de la forma oficial GDEF. Declaración informativa de las Entidades Federativas por la recaudación de IEPS por venta final de gasolinas y diesel. | Regla II.6.1. RMF 2008 |
| Declaración informativa del IDE recaudado y el pendiente de recaudar por falta de fondos de los contribuyentes u omisión de la institución recaudadora. Las instituciones del sistema financiero que durante uno o varios meses no recauden IDE, ni tengan IDE pendiente de recaudar, deberán informar mensualmente mediante la forma electrónica denominada “IDE-M Declaración informativa mensual del impuesto a los depósitos en efectivo”, sin operaciones, por el periodo de que se trate. | Instituciones del sistema financiero. | Artículo 4, fracción III de la LIDE; Regla I.11.14.y I.11.31. de la RMF 2008. |
| Obligación | Quiénes la deben cumplir | Fundamento |
| Entregar mensualmente a los contribuyentes constancias que acrediten el entero o en su caso el IDE no recaudado del mes de que se trate | Instituciones del Sistema Financiero | Artículo 4, fracción V de la LIDE y regla I.11.18. RMF 2008 |
| Presentar un escrito libre en el que manifiesten que se mantienen las condiciones para aplicar el estímulo fiscal en el impuesto sobre la renta a favor de los trabajadores sindicalizados. Los patrones deben anexar a dicho escrito, copia del acuse de recibo de la presentación inicial del instrumento jurídico que hayan realizado ante el SAT para aplicar este estímulo. | Los patrones que apliquen el estímulo fiscal | Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008, Regla I.13.1.8. de la Tercera RMF 2008 |
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