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Obligaciones que se deben de cumplir en enero 2009


Durante enero se deben cumplir, en los plazos señalados, las siguientes obligaciones:
  • Enterar el impuesto a los depósitos en efectivo
    (sólo para las instituciones del sistema financiero)

  • A más tardar el día 5
    Presentar información sobre comprobantes fiscales digitales

  • A más tardar el 10
    Presentar declaraciones informativas del IDE

  • A más tardar el 15 
    Presentar escrito de los intereses

  • A más tardar el 17 
    El día 17 es inhábil, por lo tanto, la obligación de presentar los pagos provisionales y definitivos se prorroga hasta el día hábil siguiente, es decir, el lunes 19.
    Presentar los siguientes pagos o declaraciones:

    - Pagos provisionales del IETU
    - Pagos provisionales del ISR
    - Pagos definitivos del IVA
    - Pagos definitivos del IEPS
    - Enterar los impuestos retenidos a terceros

    Días adicionales para efectuar las declaraciones de pago:  20, 21, 22, 23 y 26

  • A más tardar el 31
    Presentar declaraciones informativas y avisos
última modificación :
23/enero/2009, 13:26, información vigente.
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