SAT, Servicio de Administración Tributaria
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¿Abrirá un negocio o trabajará por su cuenta?

Si va a abrir un negocio, empresa, trabajar por cuenta propia, o rentar bienes inmuebles, lo primero que debe hacer es:
  1. Definir si va a realizar su actividad o prestar el servicio como persona física o como persona moral

  2. Inscribirse o darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para ello debe solicitar una Cita
Para consultar las obligaciones que deberá cumplir a partir de su inscripción, consulte la sección: Identifique su actividad.

Última actualización: 11/diciembre/2008, 16:20, información vigente.
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