Avisos relacionados con el RFC

Catálogo de Servicios y Trámites:


Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados.


Quiénes la presentan
Persona física o moral en su carácter de empleador o patrón.

 
Dónde se presenta
En el portal del SAT.

 
Qué documento se obtiene
Acuse de recepción del caso de servicio de solicitud con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio del servicio o solicitud.

 
Cuándo se presenta
Como patrón, cuando requieras presentar dichos avisos por cuenta de tus trabajadores.

 
Requisitos
A través del servicio o solicitud identificado con el trámite REANUDACIÓN ASALARIADOS O SUSPENSIÓN ASALARIADOS, adjuntar archivo mismo que deberá contener siete campos delimitados por pipes “|”, de conformidad con lo siguiente:
  1. Sin tabulación
  2. Únicamente mayúsculas.
  3. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII), sin importar el nombre de dicho archivo.
    • Primera columna.- Clave en el RFC del asalariado a 13 posiciones.
    • Segunda columna.- Clave CURP a 18 posiciones del asalariado.
    • Tercera columna.- Primer Apellido del asalariado.
    • Cuarta columna.- Segundo Apellido del asalariado (no obligatorio).
    • Quinta columna.- Nombre(s) del asalariado.
    • Sexta columna.- Fecha de suspensión o reanudación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA.
    • Séptima columna.- Marca del indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (únicamente pueden ser los valores 1 o 2):
      1. Suspensión de asalariados.
      2. Reanudación de asalariados.
    • Octava columna.- Clave de RFC del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda persona moral o persona física.
    • Novena columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6):
      1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N. 00/100).
      2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N. 00/100).
      3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N. 00/100).
      4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N. 00/100).
      5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N. 00/100).
      6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N. 00/100).
  4. Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la cuarta columna
 
Condiciones
  • Ser empleador o patrón.
  • Contar con contraseña o e.firma vigente.
 
Información adicional
No aplica.

 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones: servicios por internet / servicio o solicitudes / solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de aviso, eligiendo el trámite REANUDACIÓN ASALARIADO o SUSPENSIÓN ASALARIADO.
  4. Anexa el archivo en formato .txt con la información de sus asalariados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 27, quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación; 30 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.