Solicitudes, avisos y documentos diversos
Aviso para la administración de planes personales de retiro.
Quiénes lo presentan
Instituciones de seguros, instituciones de crédito, casas de bolsa, administradoras de fondos para el retiro, sociedades operadoras de fondos de inversión y sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión que deseen llevar a cabo la administración de planes personales de retiro.
Dónde se presenta
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A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de acuerdo con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
Previo a realizar la administración de planes personales de retiro.
Requisitos
Las instituciones que deseen llevar a cabo la administración de planes personales de retiro, deben presentar un archivo electrónico que contenga:
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La autorización para operar y actuar en el país como institución de seguros, institución de crédito, casa de bolsa, administradora de fondos para el retiro, sociedad operadora de fondos de inversión o sociedad distribuidora de acciones de fondos de inversión.
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Declaración bajo protesta de decir verdad de que dicha autorización se encuentra vigente.
Condiciones
Contar con contraseña y e.firma vigente.
Información adicional
No aplica.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 142, fracción XVIII, 145, 151, fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 3.17.6., 3.17.7., 3.17.8., 3.22.1., 3.22.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal.