Solicitudes, avisos y documentos diversos


Aviso por el cual las personas residentes en México informan que optan por aplicar lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Quiénes lo presentan
Personas morales (maquiladoras) residentes en el país que opten por aplicar el artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto, este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información, disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, a través del programa electrónico "Declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE)".

 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.

 
Cuándo se presenta
A más tardar dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio.

 
Requisitos
Archivo electrónico con:
  • Manifiesto de opción por aplicar lo dispuesto en la fracción I y II del artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente.

 
Información adicional
No aplica.

 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 2.8.9.2., de la Resolución Miscelánea Fiscal.