Monederos electrónicos
Catálogo de Servicios y Trámites:
Aviso de actualización de datos de los emisores autorizados de monederos electrónicos de vales de despensa.
Quiénes lo presentan
Los emisores autorizados de monederos electrónicos de vales de despensa.
Dónde se presenta
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A través de Buzón Tributario.
Mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, ante la Administración General Jurídica o ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, conforme lo previsto por la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Este trámite estará disponible en Buzón Tributario, en tanto se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información dentro de ese canal. Consulta el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Qué documento se obtiene
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Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
Dentro de los diez días siguientes a aquél en que se dé el hecho, o bien, se presente ante la autoridad correspondiente alguno de los siguientes avisos:
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Cambio de denominación o razón social;
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Cambio de nombre comercial;
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Cambio del RFC;
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Cambio de domicilio fiscal;
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Cambio de dirección web de página de Internet; y
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Cambio de representante legal.
Requisitos
Archivo digitalizado que contenga la siguiente información:
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Solicitud de actualización de datos.
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En caso de cambio de denominación o razón social, instrumento notarial en la que conste dicho cambio.
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En caso de cambio del RFC y/o cambio de domicilio fiscal, folio del aviso presentado ante el SAT.
La documentación e información antes señalada, deberá digitalizarse en formato .pdf, sin que cada archivo exceda los 3 MB, si el peso del archivo es mayor, debe ajustarlo dividiéndolo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas y adjuntarlos en cualquiera de los diversos campos de la solicitud electrónica.
Condiciones
Contar con e.firma vigente.
Información adicional
No aplica.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 3.3.1.19. de la Resolución Miscelánea Fiscal.