Solicitudes, avisos y documentos diversos
Aviso de robo, pérdida, deterioro o no utilización de marbetes o precintos.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales.
Dónde se presenta
-
A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, o bien, mediante escrito dirigido a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo 77, planta baja, colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc, c.p. 06300, Ciudad de México, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
Dentro de los 15 días siguientes a la obtención de la documentación comprobatoria.
Requisitos
Archivo electrónico con:
-
Manifestación bajo protesta de decir verdad en que informe los números de folio de cada uno de ellos, señalando si se trata de bobinas completas, en éste último supuesto se deberán especificar los números de folio que comprenden éstas.
-
Documentación comprobatoria: Acta de robo o pérdida ante el ministerio público o acta ante notario público o manifestación bajo protesta, de decir verdad tratándose de deterioro o no utilización de marbetes y/o precintos destruidos.
Condiciones
Contar con contraseña o e.firma vigente.
Información adicional
Los marbetes o precintos que hayan sido objeto de pérdida por caso fortuito o fuerza mayor, o deterioro no serán sustituidos y quedarán fuera de uso.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 19, fracción V de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; regla 5.2.11., de la Resolución Miscelánea Fiscal.