Aclaraciones, quejas, denuncias, reconocimientos y sugerencias


Aclara tu requerimiento de obligaciones omitidas.


Te sirve para aclarar ante la autoridad fiscal, el documento de requerimiento de obligaciones omitidas, emitido por el SAT, cuando no estás de acuerdo con la información contenida en el mismo.

 
Quiénes lo presentan
Las personas físicas y morales que deseen aclarar el requerimiento de obligaciones omitidas o carta invitación que les fue emitido por el SAT.

 
Costo
Trámite gratuito.

 
Cuándo se presenta
Dentro de los 15 días posteriores a la recepción del requerimiento o carta invitación emitidos por el SAT.

 
Fundamento legal
  • Código Fiscal de la Federación, artículo 33-A.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 46.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 128/CFF.
 
Dónde se presenta
  • En el Portal del SAT.
  • En cualquier oficina del SAT.
 
Opciones para realizar tu trámite
En línea:
  1. Ingresa con tu RFC y contraseña o con tu e.firma.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones: Servicios por internet / Aclaración  / Solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de aclaración, indicando el trámite a realizar: Aclaración de requerimiento de obligaciones omitidas.
  4. Captura brevemente el motivo de tu aclaración.
  5. Adjunta los archivos en imagen formato pdf de los documentos que soporten tu aclaración y la improcedencia del requerimiento de obligaciones que te notificó la autoridad.
  6. Envía tu trámite al SAT y genera el acuse de recepción de la aclaración.
  7. Anota o conserva el número de folio proporcionado por el SAT del envío o recepción de tu aclaración.
  8. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
Presencial:
  1. Acude a cualquier oficina del SAT con la documentación referente a tu aclaración de requerimiento de obligaciones omitidas.
  2. Presenta una identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  3. Entrega la documentación soporte de tu aclaración.
  4. Conserva el número de folio de la recepción de tu aclaración, proporcionado por el personal de la oficina del SAT.
  5. Recibe vía electrónica la respuesta de tu aclaración en un plazo de tres días contados a partir de la fecha del folio de tu aclaración.
 
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo del trámite de tu aclaración conteniendo el número de folio proporcionado por el SAT, del envío o recepción de tu aclaración.

 
Información adicional
Seas persona física o moral, si requieres aclarar el requerimiento de obligaciones omitidas o carta invitación que te fue emitido por el SAT para exigir el cumplimiento de las declaraciones a que estás sujetos, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, por algún impuesto, concepto, periodo y ejercicio, puedes presentar tu aclaración a la autoridad, mediante el Portal de internet del SAT y de manera presencial en cualquier oficina del SAT, obteniendo en cualquiera de los dos casos, el folio del acuse de recepción de su aclaración.

Al presentar tu aclaración en línea, ingresa con tu clave del RFC y contraseña (personas físicas) o con tu firma electrónica (si eres persona moral) en la opción Consultas y Servicios del Portal de Trámites y Servicios, subopción Aclaraciones, y describe brevemente el motivo de tu aclaración y adjunta los archivos electrónicos en formato pdf que soporten la misma.

En caso de que la autoridad requiera documentación adicional, se te enviará un reporte de información pendiente y tendrás un plazo de diez días para integrarla correctamente.

Si no envías la documentación en los plazos señalados, la aclaración se tendrá por no presentada.

 
Requisitos
En línea:
Adjuntar en archivo digitalizado de la documentación que compruebe la improcedencia del requerimiento (declaración, aviso o documentación), así como copia del requerimiento.

Presencial:
  • Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (original).
  • Identificación oficial vigente, en el caso de representación legal (original).
  • Adjuntar los documentos que soporten tu aclaración (original y copia certificada).
  • Copia certificada del poder notarial con el que el representanto legal acredite su personalidad o carta- poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público.
 
Condiciones
En línea:
Contar con contraseña o e.firma vigente.