Solicitudes, avisos y documentos diversos


Aviso de constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.


Quiénes lo presentan
Personas morales que constituyan o realicen cambios al fondo de pensiones o jubilaciones de personal.

 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.

 
Cuándo se presenta
Dentro de los 10 días siguientes a la constitución de la reserva o de que se efectúen los cambios ha dicho fondo.

 
Requisitos
  • Archivo electrónico con:
Manifestación de constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.

 
Condiciones
Contar con contraseña y e.firma vigente.

 
Información adicional
No aplica.

 
Disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 65 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.