Declaraciones, pagos y garantías

Catálogo de Servicios y Trámites:


Declaración de contribuyentes que otorguen donativos (DIM Anexo 3).


Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales obligadas a presentar la declaración informativa.

 
Dónde se presenta
  • En el Portal del SAT, cuando se capturen hasta 40,000 registros.
  • En una oficina del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX., cuando en la totalidad de los anexos hayan sido capturados más de 40,000 registros, la presentación se realiza a través de unidad de memoria extraíble (USB) o en disco compacto (CD).
 
Qué documentos se obtienen
  • Acuse de recibo, o
  • Acuse de recibo con sello digital.
 
Cuándo se presenta
A más tardar el 15 de febrero de cada año.

 
Requisitos
  • Utilizar el programa DIM y su Anexo 3.
  • Unidad de memoria extraíble (USB) o disco compacto (CD).
 
Condiciones
Contar con contraseña o e.firma vigente.

 
Información adicional
No aplica.

 
Pasos para realizar el trámite
Portal del SAT:
  1. Descarga e instala en tu equipo de cómputo, el programa DIM y su Anexo 3.
  2. Ejecuta el programa, captura y encripta la información de tu declaración informativa.
  3. Genera los archivos de tu declaración informativa, en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  4. Ingresa a la sección Trámites, y de la barra superior elige la opción: Declaraciones.
  5. Del apartado Informativas, selecciona la opción: Múltiple (30) DIM.
  6. Captura tu RFC y Contraseña en la pantalla desplegada, seguido de iniciar sesión.
  7. Ingresa el(los) archivo(s) que generaste de tu declaración informativa y da clic en enviar.
  8. Imprime y conserva tu acuse electrónico y recibe por correo electrónico el acuse de aceptación del trámite.
Atención Presencial:
  1. Descarga e instala en tu equipo de cómputo, el programa DIM y su Anexo 3.
  2. Ejecuta el programa, captura y encripta la información de tu declaración informativa.
  3. Respalda la información de tu declaración en una USB o CD en su caso.
  4. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  5. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  6. Recibe y conserva el formato sellado, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 110, fracción VI, Noveno fracción X de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 2.8.4.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal.