Solicitudes, avisos y documentos diversos
Aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación del servicio.
Quiénes lo presentan
Personas morales que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes, los que celebren contratos de obra inmueble o de fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación y los prestadores del servicio turístico del sistema de tiempo compartido.
Dónde se presenta
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A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
Dentro de los 15 días siguientes al inicio de la obra o celebración del contrato o dentro del mes siguiente a aquél en que se presenten las declaraciones anuales complementarias que deriven del ejercicio de la opción a que se refiere la regla 3.3.3.9., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Requisitos
Archivo electrónico con:
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Manifiesto de la opción de deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación de servicio.
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En su caso, manifiesto de las fechas y números de operación de las declaraciones anuales complementarias presentadas con motivo del ejercicio de opción establecida en la regla 3.3.3.9., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Condiciones
Contar con contraseña y e.firma vigente.
Información adicional
No aplica.
Disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 30 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 3.3.3.9., de la Resolución Miscelánea Fiscal.