Trámites para padrones


Inscripción al Padrón de Importadores.


Quiénes lo presentan
Las personas físicas y personas morales que pretendan importar mercancías a territorio nacional.

 
Dónde se presenta
A través del Portal del SAT, accediendo al Apartado de: Trámites / RFC / Importadores y Sectores Específicos / Inscripción, con el uso de tu e.firma o contraseña.

 
Qué documento se obtiene al finalizar el trámite
No se obtendrá documentación, no obstante, se obtendrá un folio de registro.

 
Cuándo se presenta
En cualquier momento antes de realizar operaciones de importación.

 
Requisitos
No se requiere presentar documentación.

 
Condiciones:
  • Estar inscrito y activo en el RFC.
  • Contar con e.firma vigente.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
    Para efecto de lo anterior, se validará entre otros:
    • La constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales prevista en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, debe estar en sentido positivo.
    • No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
  • El domicilio fiscal debe encontrarse como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la Administración Central de Investigación Aduanera.
  • El estatus del Buzón Tributario, debe encontrarse como “Validado”.
  • Contar con un agente aduanal, apoderado aduanal y/o representante legal, que realizará sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley Aduanera.
 
Información adicional
  • Una vez ingresado el trámite, cuando el interesado requiera aportar información o documentación adicional para que sea considerada antes de que se resuelva la solicitud de inscripción al Padrón de Importadores, se podrá enviar un caso de aclaración denominado INSCRIPCION_PGIYSE_EXS, en un plazo no mayor a 2 días, contados a partir del registro de su solicitud, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, orientación y servicio o solicitud, en relación a trámites del Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos y Padrón de Exportadores Sectorial, publicada en el Portal del SAT, en la sección de Aduanas, en el Apartado de Trámites y Autorizaciones, opción Guía de Trámites para Padrones. Además de la presente opción, podrá presentarla directamente ante la Administración Central de Investigación Aduanera, así como en cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
  • El resultado de la solicitud se dará a conocer en un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, conforme a lo señalado en el artículo 82 del Reglamento de la Ley Aduanera, a través del Portal del SAT, accediendo al Apartado de Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos/Consulta de solicitudes, con el uso de tu e.firma o contraseña.
  • Para información adicional, consultas y/o aclaración de dudas, se podrá realizar a través de Marca SAT 627 22 728, desde la Ciudad de México, o al 01 55 627 22 728 del resto del país, opciones 7-1-1, de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas. Asimismo, se podrá asistir a cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente con previa cita, debiendo acreditar el interés jurídico que representa.
  • En caso de que la solicitud haya sido rechazada, el contribuyente deberá subsanar las inconsistencias observadas por la autoridad y tramitar nuevamente su solicitud conforme al presente instructivo.
 
Compromisos de servicio
Portal del SAT:
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata de acuse electrónico.
  • Horario: 24 horas los 365 días del año.
  • Respuesta a solicitud: máximo 10 días hábiles.
Atención presencial:
  • A través de MarcaSAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México, o 01 55 627 22 728 en el resto del país, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
  • Además podrás asistir a cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, para consultar el estatus de sus trámites, preferentemente con cita y deberá acreditar el interés jurídico que representa.
 
Pasos a seguir para realizar el trámite

 
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