Avisos relacionados con en el RFC

Catálogo de Servicios y Trámites:


Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones.


Quiénes lo presentan
  • Personas morales residentes en el extranjero que dejen de realizar operaciones en México o cierren sus establecimientos permanentes.

  • Personas morales no obligadas a presentar los avisos de cancelación en el RFC por liquidación, fusión o escisión de sociedades.

  • Fideicomisos que se extingan.

  • Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que cambien de residencia fiscal.

 
Dónde se presenta
En una oficina del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o portal GOB.MX.

 
Qué documento se obtiene
  • Forma Oficial RX, formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, sellada como acuse de recibo.

  • Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, sello digital y código de barras bidimensional (QR).

 
Cuándo se presenta
  • Dentro del mes siguiente a aquél en el que se haya presentado la última declaración a que se esté obligado.

  • Tratándose de cambio de residencia fiscal, se presentará dentro de los dos meses anteriores al día en que realice el cambio.

 
Requisitos
  • Forma Oficial RX "Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes" (en dos tantos), o bien, puedes utilizar la versión editable.

  • Documento notarial en donde conste el cese total de operaciones (copia simple y copia certificada para cotejo).

  • Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (copia simple y original para cotejo).

  • Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder en original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público (original y copia simple para cotejo).

  • Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia simple y copia certificada para cotejo).

  • Para los contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia Ilícita, y su reglamento; deben presentar el acuse de su baja del padrón de actividades vulnerables.

 
Condiciones
  • Haber presentado la última declaración a la que se hubiera estado obligado antes de la cancelación.

  • Contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar, al momento de la presentación del trámite.

  • La persona moral no debe estar sujeta al ejercicio de facultades de comprobación, ni tener créditos fiscales firmes.

 
Información adicional
Requisitos adicionales para quienes se encuentran en los siguientes casos:
    a) Tratándose de la Administración Pública (Federal, Estatal, Municipal, etc.):
    • Decreto o acuerdo por el cual se extinguen dichas entidades, publicado en el Diario, Periódico o Gaceta Oficial (impresión o copia simple).

    b) Por cambio de residencia fiscal en el caso de personas morales con fines no lucrativos y residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México:
    • Documento protocolizado ante fedatario público donde conste la designación del representante legal para efectos fiscales en México, mismo que deberá ser residente en el país o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México (copia simple y copia certificada para cotejo).
    • Documento con el que acrediten su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país (copia simple y copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente para cotejo).

    c) Tratándose de organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que cambien de residencia fiscal:
    • El acuse de la información presentada en el Portal de transparencia con motivo de la transmisión de su patrimonio a otra donataria autorizada para recibir donativos deducibles (copia simple).

    d) Tratándose de asociaciones religiosas:
    • Documento de cancelación emitido por la Secretaría de Gobernación.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y guarda tu Aviso de actualización o modificación de situación fiscal, Acuse de actualización al RFC y forma oficial sellada.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 29, 30 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; 82, 82-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 2.5.1., 2.5.16., 3.10.22. de la Resolución Miscelánea Fiscal.