Trámites para padrones
Autorización para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
Quiénes lo realizan
Las personas físicas y personas morales que hayan sido suspendidas como medida cautelar en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
Dónde se presenta
- En el Portal del SAT, siguiendo la ruta: Tramites / RFC / Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su e.firma o contraseña.
Requisitos
- Documentación con la que acredite que ya quedó subsanada la irregularidad por la que fue suspendido el contribuyente en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Impor
- tadores de Sectores Específicos.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
- Estar inscrito en alguno de los supuestos del artículo 82 del Reglamento.
- Para la reincorporación del Sector 2 del Apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada la Licencia o Autorización, vigente, para el uso o comercialización de material radiactivo, emitida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la SENER.
Para adjuntar la información requerida una vez que el contribuyente presentó su trámite de Autorización para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores de sectores específicos, deberá levantar un caso de aclaración a través de la opción “Mi Portal” conforme a la guía rápida para la operación de casos de aclaración, publicada en este portal en el submenú "Aduanas", opción "Tramites y autorizaciones", apartado guía de trámites para padrones.
Si se encuentra no localizado en el domicilio fiscal registrado ante el Registro Federal de Contribuyentes, podrán solicitar una verificación prioritaria de domicilio fiscal desde internet, por el portal señalado o directamente en las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
Pasos a seguir para realizar el trámite
Compromisos de servicio
Portal del SAT:
- Disponibilidad permanente.
- Emisión inmediata de acuse electrónico.
- Horario: 24 horas los 365 días del año.
- Respuesta a solicitud: 30 días naturales.
Atención personalizada:
- A través de MarcaSAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México, o 01 55 627 22 728 del resto del país, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
- También podrá levantar un caso de aclaración a través de la opción de Mi portal, cuando tenga un trámite en proceso, respecto del cuál desee conocer el estatus en que se encuentra, conforme a la guía rápida para la operación de casos de aclaración, publicada en este portal en el submenú Aduanas, opción Trámites y autorizaciones, apartado Guía de trámites para padrones, el plazo de atención será en un término no mayor a 10 días hábiles.
- Además de las opciones anteriores usted podrá asistir a cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, para consultar el estatus de sus trámites, preferentemente con cita y deberá acreditar el interés jurídico que representa.
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